El trámite de solicitud del visado de Estados Unidos es cada vez más sencillo y rápido. Como hemos comentado en artículos anteriores de Amerivisa, es importante tener a mano los documentos necesarios para poder completar online el formulario de inscripción correctamente. De ello y de nuestra intención al visitar E.E.U.U dependerá que nuestra visa sea otorgada sin inconvenientes y podamos ingresar al suelo estadounidense ya sea por una escala aérea, viaje de trabajo o placer y cualquier otro motivo necesario.

De todas maneras, es importante saber los motivos por los cuales se rechazan los permisos de visado y qué debemos hacer para solicitarlos nuevamente. Entre los rechazos más comunes se encuentran los previstos en el artículo 221 (g) y 214 (b) de la Ley de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos.

El artículo 221 (g) permite rechazar aplicaciones incompletas que requieren mayores explicaciones sobre sus respuestas a algunas preguntas en particular y solicitará conocer más acerca de su trabajo y domicilio legal. En caso de que usted presente la información y documentación antes de cumplir un año del rechazo, estará exceptuado de abonar el arancel nuevamente. Una vez recibidos sus nuevos datos, los mismos  se revisarán y se tomará una nueva decisión.

Por su parte, conforme al artículo 214 (b), entendemos que el solicitante no superó la instancia legal y nada asegura que no quiera viajar para instalarse y trabajar ilegalmente en Estados Unidos. Es decir, no se han demostrado lazos significativos con Argentina, ya sean familiares, profesionales, económicos o sociales. Es probable que la visa sea denegada a individuos que no tengan una carrera permanente y tanto su futuro como sus planes y finanzas sean indefinidos. Con aquellos datos, los funcionarios consulares buscan asegurar la salida de Estados Unidos de todos los visitantes temporarios luego de cumplida la fecha estipulada de viaje.

Si su permiso fue rechazado por esta instancia legal, el solicitante deberá convencer al funcionario de que utilizará la visa correctamente y que regresará a su país de origen luego de su visita. Otra opción será poner en stand by el viaje hasta el momento en el que estemos más establecidos en el país para poder contar con lazos más fortalecidos que aseguren nuestro arraigo. De todas maneras, si el rechazo es avalado por el artículo 214 (b)  se deberá completar nuevamente la solicitud y abonar el arancel de la visa.

Si bien recibir un rechazo por parte de las autoridades estadounidenses resulta algo frustrante, no es algo definitivo ni que le sacará la posibilidad de acceder al permiso de nuevo. Solamente bastará con realizar una nueva petición y cumplir con todo lo requerido por las autoridades estadounidenses para asegurar la aprobación.